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ADMISION E INSCRIPCION
 

Oficina de Admisiones
(805) 546-3140
Last Modified: 02/13/2012

INFORMACION SOBRE ADMISION E INSCRIPCION:

 Quien puede inscribirse en Cuesta College?

  • Usted puede inscribirse en Cuesta College si es mayor de 18 años de edad.  Si es menor de edad, necesita ser graduado de la escuela secundaria, o haber completado el examen de proficiencia (GED o HSCP).
  • Si usted es un estudiante de escuela secundaria, necesita completar la forma “Permit to Enroll” que se encuentra en línea al www.cuesta.edu, haga click en Students, Forms & Policies.
  • Los estudiantes extranjeros con Visa F-1 necesitan completar la solicitud especial para estudiantes con Visa F-1.  Para más detalles, ver la sección de “International Students” en www.cuesta.edu.

Cuando puede comenzar a solicitar para admisión?

Usted puede comenzar a solicitar para admisión el primero de abril  para el verano y otoño, y el primero de octubre para la primavera. 

Con quien se debe poner en contacto para inscribirse?

  • Oficina de Admisiones de San Luis Obispo:  llamar al (805) 546-3140, lunes a jueves, 8:30 a.m.
    a 4:30 p.m, y viernes, 8:30 a.m. a 1 p.m.
    • Oficina de Inglés como Segundo Idioma:   llamar al (805) 546-3941.
    • Oficina de Ayuda Financiera:  llamar al (805) 546-3143.
    • Oficina de EOPS:  llamar al (805) 546-3144.           
  • Cuesta College del Condado Norte:  Edificio N3000,  llamar al (805) 591-6210, lunes a jueves,
    8:00 a.m. a 9:00 p.m.; y viernes, 8:00 a.m. a  5:00 p.m.
  • Centro de Arroyo Grande:  Escuela Secundaria de Arroyo Grande, Ala 900.  Llamar al
    (805) 474-3913, lunes a jueves, 4:30 p.m. a 9 p.m. a partir del comienzo de clases.  
  • Centro de Nipomo:  Escuela Secundaria de Nipomo, Edificio 20, cuarto 15.  Llamar al
    (805) 474-3300, miercoles, 5 p.m. a 9 p.m. a partir del comienzo de clases.

Los pasos a seguir para inscribirse en Cuesta College son:

  • Completar la solicitud de admisión en línea a través de cccapply.org, o en forma de papel.  Usted necesita completar la solicitud de admisión si viene por primera vez a Cuesta o ha estado ausente más de un semestre. 
  • Completar la solicitud para ayuda financiera.
  • Apuntarse para un examen de evaluación para saber su nivel de inglés y o matemática.
  • Presentar sus records académicos si piensa inscribirse en clases de matemática y ciencias.
  • Atender una sesión de orientación con su consejero académico para planear sus clases y sus objetivos académicos.
  • Inscribirse en línea a través de WEBReg at my.cuesta.edu, o en persona durante la semana antes del comienzo de clases y durante las dos primeras semanas de clase.

Información sobre residencia:

  • Por motivos de pagos de matrícula, los estudiantes se clasifican en residentes y no residentes.  Un residente es aquel que ha vivido por mas de un año en California y tiene intención de permanecer en California.   Para considerarse residente de California, en adición a lo anterior, debe tener estado legal en el pais.  
  • El estudiante no residente es aquel que no ha vivido en el estado de California por mas de un año y no tiene intención de permanecer en el estado.  Para informacion acerea de los pagos de matricula, visite www.cuesta.edu, haga click en "Students", click en "Fees".

Ciertas excepciones existen para una exención del pago de matrícula de estudiantes no residents.  Para calificar para una exención usted necesita ser:

  • Graduado de una escuela secundaria de California o haber completado el equivalente de graduación, y haber atendido por lo menos 3 años.  Para solicitar para una exención, complete la forma “AB540 California Nonresident Tuition Exemption Request” al www.cuesta.edu, Students, Forms & Policies, y presente sus records de su escuela secundaria.
  • Empleado de tiempo completo de una universidad pública de California, inscribiéndose en una clase para poner al dia sus credenciales.
  • Empleado de tiempo completo de una Universidad  Comunitaria de California, una Universidad Estatal de California, una Universidad de California, o una Academia Marítima; o ser dependiente de dicho empleado.
  • Trabajador agrícola por un período de dos meses durante dos años.
  • Menor de 19 años de edad, bajo el cuidado y control de un adulto residente de California.